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Bibliometría

La gestión documental del fraude científico

Álvaro Roldán López
17 March 2006

Cuando se destapa un fraude científico un número indeterminado de publicaciones deben ser retiradas por ofrecer información fraudulenta. Este cambio en el estado de estas publicaciones determina una serie de actuaciones que no siempre se realizan adecuadamente.

La revista debe hacer constar la situación retractando (qué mal suena esta palabra en español) el artículo cuando es fraudulento e incluso debe explicar cómo se ha llegado a esa conclusión. Por ejemplo, en el artículo de Hwang Patient-Specific Embryonic Stem Cells Derived from Human SCNT Blastocysts aparece la frase This article has been retracted y si pinchamos sobre la frase nos lleva a una página en la que nos explica por qué se ha retractado (mal mal que suena) el artículo. Esta es la forma correcta de hacerlo. Luego tenemos las formas inadecuadas de hacerlo que denuncian Alejandra y Deliverio en Plagio Académico, con casos en los que tras denunciar y documentar un plagio, las revistas dan la callada por respuesta o suprimen el artículo de la red sin dar más explicaciones.

Además debemos tener en cuenta que aun existe el papel, y que aunque se publique una nota en un número posterior, el lector no tiene por qué llegar a leerla. Por tanto, la biblioteca deben establecer una política clara que les permita enfrentarse con este tipo de artículos, como puede ser marcar el artículo en cuestión con un sello que diga algo del tono Este artículo ha sido retractado (qué mal suena) total o parcialmente. Para más información consulte en el mostrador de referencia. (Hughes, 1998).

Y las bases de datos deben controlar de alguna manera estos artículos. PubMed lo hace de una manera adecuada, registrándolos bajo dos tipos de publicación: Retracted publication (para el artículo retractado -me suena fatal-) y Retraction of publication (para la nota en la que se hace pública retractación -también me suena fatal-). Sin embargo, las bases de datos del ISI, por ejemplo, no tienen ningún campo para recoger esta información y nos encontramos con casos como el de Hwang, mencionado más arriba, en el que se limitan a añadir al título la coletilla (This article was retracted see vol 311, pg 335, Jan 20 2006) o casos como el de Jon Sudbo en el que no aparece por ninguna parte que los autores se han retractado de lo dicho en el artículo, aunque en la base aparezca la nota de corrección y ésta cite al artículo. Todas las bases de datos bibliográficas deberían registrar los artículos fraudulentos.

Y ya puestos a pedir creo que, dada la cantidad de citas que se siguen produciendo tras la retractación de un artículo (Campanario, 2000), sería conveniente que las citas hechas a dichos artículos indicaran que estos ya no cuentan como tales (salvo que se trate de artículos que hablan sobre retractación o fraude, claro). Y hacer esto, en el caso de publicaciones electrónicas es algo relativamente fácil.

  • Campanario, J.M. Fraud: retracted articles are still being cited. En: Nature. v. 408, 16 de noviembre de 2000. [Consulta: 17 de marzo de 2006].
  • Hughes, C. Academic Medical Libraries’ Policies and Procedures for Notifying Library Users of Retracted Scientific Publications. En: Medical Reference Services Quarterly. v. 17, n. 2 (1998).
  • 2 comentarios en “La gestión documental del fraude científico”

    1. # 20 March 2006 a las 1:27 am

      Agradecemos y nos enorgullece la mención a nuestro trabajo que producimos con el mayor rigor del que somos capaces. Aclaramos que “las formas inadecuadas” de dar cuenta de un plagio que denunciamos en nuestro sitio son una ínfima minoría: casi todos los editores responsables se hacen los distraídos (por no decir los pelotudos o los gilipollas) y continúan sosteniendo el fraude como si nada hubiera pasado. La callada es la política hegemónica entre estos editores (ir)responsables y las bases de datos que gestionan la producción académica (RedALyC, DIALNET) no son más que reproductores técnicos de los fraudes que se publican.
      Saludos.

      Autor: Deliverio Gillette
    2. # 27 July 2006 a las 10:19 am

      La limitación a la responsabilidad en los casos de plagio jueves, 27 de julio de 2006

      He estado revisando este tema movido por la angustia que me ha generado el caso reciente de varios de mis compañeros docentes, expulsados de la universidad por un caso de plagio. Sé por información de primera mano, que en buena fe cinco de ellos aceptaron el aporte de un sexto quien incluyó una extensa copia sin citar de un artículo ya publicado. Dado que esta persona afirmó que este material era de su autoría, sus compañeros no dudaron en incluirlo en el trabajo. Unos días después, cuando se detectó la copia, fueron expulsados de la institución de forma tajante.

      Consideró que la actividad académica e investigativa está construida sobre la transacción de información y perspectivas, que permite construir conocimiento. La base de estas transacciones es la máxima buena fe; no es viable construir redes del conocimiento si se exige la revisión permanente de las contribuciones de nuestros compañeros para precaver ese sobre posibles plagios; esto ni construye relaciones de mis energías ni es costo eficiente a nivel productivo.

      Si lo anterior es cierto, todo caso del plagio necesariamente implica la determinación de la responsabilidad individual de quienes suscriben el artículo, ya que por definición este fenómeno debe incluir el conocimiento y entendimiento de lo que se está haciendo al robar propiedad intelectual. Teniendo en cuenta que toda persona es inocente hasta que se pruebe lo contrario, no podemos presuponer que todos los que suscriben el texto plagiario tuvieron o tienen conocimiento del origen de todas las partes integrantes del texto.

      Por otro lado, lo poco que he investigado sobre el tema hasta ahora me lleva a concluir que el fenómeno del plagio se ha abordado de la manera más simplista y fácil: a través de la generación de chivos expiatorios. Esto no le restar culpabilidad a quien con conocimiento de causa roba propiedad intelectual, pero si llama la atención sobre las condiciones de entorno que facilitan o presionan este tipo de acciones. Con esto no me quiero referir a la cacareada crisis moral de nuestro medio, la cual por supuesto hace parte de la situación. Me quiero referir a la proletarización de la educación en donde el docente se ha convertido en un obrero, bajo las condiciones del obrero manufacturero de la revolución industrial tan bien descrita por Dickens, quien presionado por sus urgencias económicas enfrenta cargas académicas enormes y de múltiples naturalezas (de hecho en el medio se ha acuñado una expresión muy sarcástica que ha cambiado el término “profesor de tiempo completo” a “profesor de tiempo repleto”). Sobre esta base, la generación de productos literarios o de investigación no es visto como un desarrollo para el espíritu sino como otra carga adicional, asignada de manera externa al docente según los requerimientos de las instituciones empleadoras que buscan responder así a las requerimientos recientes de la acreditación y auto evaluación educativa.

      Me gustaría conocer sus opiniones al respecto ya que en Colombia, desde que uno de estos casos llegó niveles de la corte constitucional, se ha desatado una cacería de brujas que confunde el rigor académico con el terror académico. Nuestro sistema educativo está enfermo, pero las instituciones que lo conforman no quieren aceptar su corresponsabilidad en la enfermedad y abordan temas como el del plagio desde una perspectiva moralista e inquisidora.

      ¿Como podemos generar instancias justas que permitan delimitar la responsabilidad individual en casos de plagio, en una actividad grupal y de redes sociales como es la producción de conocimiento?

      ¿Cómo podemos promover investigación sobre el comportamiento del sector educativo para identificar las condiciones que están empujando o facilitando el desarrollo del plagio, sin caer en el simplismo moralista o en la cantaleta enjuiciadora que busca encontrar chivos expiatorios a las abrumadoras imperfecciones del sistema?

      NOTA: espero tener el beneficio de los comentarios de los señores Alejandra Zamosc y
      Deliverio Gillette, ya que mi estupidez tecnológica me ha impedido encontrar forma de copiar este pequeño texto a su blog.

      Autor: CXZ

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